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AFILIADOS

Son Afiliados de PIENSA ECUATORIANO todas aquellas personas que se han inscrito voluntariamente, constando en los padrones de afiliación del Partido, los mismos que participan de forma activa en una de las estructuras orgánicas del Partido, ostentando la calidad de afiliados a PIENSA ECUATORIANO.

Para ser miembro de PIENSA ECUATORIANO. se requiere cumplir con los siguientes requisitos:

a ) Poseer la ciudadanía ecuatoriana;

b ) Tener 16 o más años,

c ) Ejercer de manera personal, familiar y/o comunitariamente prácticas de equidad, humanidad, solidaridad y justicia social;

d ) Inscribir su afiliación voluntaria en los registros del partido político PIENSA ECUATORIANO, quien lo inscribirá a su vez en los registros del Consejo Nacional Electoral.

e ) Pueden inscribir su afiliación cualquier ciudadano, sin distinción de raza, etnia o género.

f ) Aportar de forma obligatoria, la cuota establecida para cada uno de sus miembros

Son atribuciones y deberes de los afiliados:

a) Elegir y ser elegidos para cualquier representación del Partido;

b) Cumplir con todas las disposiciones estatutarias, reglamentarias y políticas del partido; y,

c) Cumplir y difundir la declaración de principios y estatutos, en forma permanente logrando que la ideología y proyección del partido político cuenten con la aceptación de la ciudadanía.

Pierden la calidad de miembros del partido político PIENSA ECUATORIANO, quienes:

a ) Se desafilien del partido político o se afilien simultáneamente a otro partido o movimiento político; o,

b ) Sean expulsados del Partido Político, de conformidad con las disposiciones del presente Estatuto.

La Secretaría General Nacional procederá al trámite correspondiente, en caso de proceder a expulsar o eliminar de los registros del partido político a quienes se encuentren incursos en los casos previstos en este estatuto.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

PIENSA ECUATORIANO contará con una estructura orgánica que contempla una Asamblea Nacional como órgano supremo;
Siguiéndole El Directorio Ejecutivo Nacional,
El Directorio Ejecutivo Nacional Ampliado;
Las Asambleas y Directivas Zonales;
Asambleas y Directivas Provinciales;
Asambleas y Directivas Cantonales;
Asambleas y Directivas Parroquiales;
Circunscripciones Especiales del Exterior,
Y Asambleas y Directivas del tejido de los Grupos Familiares.

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